Modificaciones al Permiso de Residente Permanente en calidad de Inversionista Calificado

Los siguientes son algunos aspectos clave a considerar para solicitar el permiso de residencia permanente como inversionista calificado, conforme a las recientes reformas establecidas en el Decreto Ejecutivo No. 193 del 15 de octubre de 2024:

▪ Se mantiene la inversión mínima de US$300,000.00 para la adquisición de un bien inmueble en la República de Panamá. El inmueble debe estar libre de gravámenes hipotecarios, en caso de que tenga un valor superior a los US$300,000.00 se podrá financiar la diferencia.

▪ Se introducen dos modalidades para invertir a través de un contrato de promesa de compraventa de bien inmueble:

a. Por medio de un depósito en fideicomiso manejado por un banco o fiduciaria con licencia para operar en Panamá.

b. Por medio de pago al promotor o promitente vendedor del cien por ciento del valor del inmueble que aún no se haya construido o no se haya segregado, ni registrado en el Registro Público de Panamá.

▪ Se mantiene la inversión en valores por un monto de US$500,000, mientras que la inversión en depósito a plazo fijo se mantiene en US$750,000.00.

▪ En caso de inversión entre copropietarios o cotitulares, a través de una persona jurídica, estos deben ser cónyuges o dependientes, quienes a su vez deberán ser beneficiarios finales de la persona jurídica utilizada para llevar a cabo la inversión.