Una mirada a las Fundaciones en Bahamas

En las Bahamas, el sistema jurídico se basa en el derecho consuetudinario inglés, debido a su historia como antigua colonia británica. El establecimiento de una fundación se promulgó en virtud de la Ley de Fundaciones de 2004, con modificaciones posteriores en 2005, 2007 y 2011 para reforzar la legislación sobre la industria de gestión patrimonial privada. En los últimos años, las fundaciones han ganado popularidad como alternativa a los fideicomisos en la planificación patrimonial, ya que, a diferencia de los fideicomisos, son entidades jurídicas que pueden actuar y contratar con terceros. Bahamas se convierte en la primera jurisdicción de derecho consuetudinario que permite fundaciones específicamente para el mercado transfronterizo de tenencia de activos. Las principales características según la ley son las siguientes y esenciales para el establecimiento:

  1. Persona jurídica diseñada para poseer activos y operar por derecho propio
  2. Permite a las personas crear un plan de sucesión para sus activos transfronterizos con considerable libertad y seguridad.
  3. Puede utilizarse con fines personales, benéficos o comerciales.
  4. Puede demandar y ser demandado por derecho propio
  5. Conserva libros de contabilidad y registros sin aparición pública.
  6. La Fundación no paga impuestos y sólo paga una cuota anual al Gobierno.

Estructura de la Fundación

  1. Fundador la persona que transferirá los bienes a la fundación que puede ser una persona natural o jurídica
  2. El Consejo de Fundación debe estar integrado por un mínimo de dos (2) personas naturales o (1) persona jurídica.
  3. El Consejo de Fundación deberá designar un Secretario residente en Bahamas como parte de la estructura.
  4. Beneficiarios designados por el fundador para recibir los beneficios de los bienes contenidos en documento privado.
  5. El patrimonio mínimo establecido en el acta fundacional es de $10,000.00.
  6. La ley no exige tener un acta fundacional, sino que se puede aplicar la disposición de la Ley.
  7. El Acta Fundacional puede, pero no es necesario, que se presente en el Registro de Bahamas. En este caso que no se presente, se podrá presentar como alternativa una declaración de registro que acredite extractos del Acta en la debida forma.

Para su establecimiento ante el Registro la Ley requería los siguientes detalles

  • Nombre de la fundación
  • Fechado del Acta
  • Propósito y objetivos
  • Nombre del fundador y dirección en las Bahamas para documentos de servicio.
  • Nombre y dirección del consejo de fundación
  • Dirección del domicilio social
  • Plazo para el cual se establece la fundación
  • Valor de los activos iniciales

La base legal en las Bahamas ofrece varias ventajas, tanto para sus residentes como para las empresas internacionales que operan dentro de su jurisdicción:

  1. Estabilidad y Previsibilidad: el sistema legal de las Bahamas, basado en el derecho consuetudinario inglés, proporciona estabilidad y previsibilidad en los resultados legales. Esto es crucial para las personas y las empresas que buscan garantías de que sus derechos y obligaciones se respetarán sistemáticamente.
  2. Reconocimiento Internacional: ser parte de la tradición del derecho consuetudinario y tener un marco legal respetado significa que las decisiones legales y los contratos celebrados en las Bahamas a menudo son reconocidos y ejecutables en otras jurisdicciones de derecho consuetudinario en todo el mundo. Esto es particularmente ventajoso para transacciones comerciales e inversiones internacionales.
  3. Especialización en Servicios Financieros: Las Bahamas ha desarrollado marcos legales especializados para respaldar su condición de centro financiero internacional. Esto incluye regulaciones y leyes sólidas que rigen la banca, los fideicomisos, los fondos de inversión y otros servicios financieros. Estos marcos están diseñados para atraer inversores y empresas internacionales que buscan un entorno estable y seguro.
  4. Confidencialidad y Privacidad: Las Bahamas ofrece fuertes protecciones para la confidencialidad y la privacidad, particularmente en sus leyes financieras y fiduciarias. Esto la convierte en una jurisdicción atractiva para personas y empresas que buscan proteger sus activos e información financiera.
  5. Neutralidad Fiscal: Las Bahamas es conocida por su entorno fiscal neutral, lo que significa que no existen impuestos sobre la renta, las ganancias de capital, las herencias ni las ganancias corporativas para los no residentes. Esto puede resultar muy ventajoso para personas y empresas que buscan minimizar sus obligaciones fiscales en sus países de origen.
  6. Eficiencia y Accesibilidad: el sistema legal de las Bahamas es conocido por su eficiencia y accesibilidad. Los tribunales generalmente están bien organizados y son accesibles, lo que facilita que las personas y las empresas resuelvan disputas de manera oportuna.
  7. Arbitraje Internacional: Las Bahamas se ha establecido como un centro de arbitraje internacional, ofreciendo servicios de arbitraje que cumplen con los estándares internacionales. Esto proporciona un mecanismo alternativo de resolución de disputas que a menudo es más rápido y flexible que los procedimientos judiciales tradicionales.

En general, la base jurídica de las Bahamas proporciona un entorno de apoyo para personas, empresas e inversores, ofreciendo estabilidad, confidencialidad, ventajas fiscales y reconocimiento internacional que la convierten en una jurisdicción preferida para diversas actividades legales y financieras.

Fuentes:

La Ley de Fundaciones de 2004 (la “Ley”) entró en vigor el 22 de octubre de 2004 en las enmiendas de 2007 y 2011 de Las Bahamas.