Seychelles: Registro de Buques y Yates

El registro de buques y yates se rige por la Ley de Marina Mercante de 1992. Seychelles se ha convertido en una opción privilegiada para el registro de embarcaciones de lujo debido a sus atractivas leyes de registro y a sus condiciones meteorológicas estables.

Sólo los ciudadanos de Seychelles y/o las sociedades de Seychelles pueden solicitar el registro de un buque o yate bajo la Bandera de Seychelles.

Ventajas del Registro de Buques de las Seychelles:

  • Exento de todos los impuestos por las ganancias o beneficios derivados de la explotación del buque.
  • Ningún impuesto sobre la venta o transferencia de un buque de Seychelles o de las acciones de su propia empresa.
  • No se pagan impuestos sobre los salarios de la tripulación mientras opere en aguas internacionales.
  • Una de las jurisdicciones más atractivas para el registro de yates.
  • Ofrece la máxima confidencialidad.
  • Al ser miembro de la Commonwealth, así como de las Naciones Unidas, todos los buques con bandera de Seychelles se benefician de un trato amistoso en todo el mundo.
  • La propiedad del buque puede ser 100% extranjera.
  • Percepción de alta calidad y tasas bajas.

Documentos necesarios para el registro permanente y otros certificados reglamentarios, según aplique:

  • Formulario de aplicación RS01 cumplimentado
  • Copia del pasaporte o del documento nacional de identidad
  • Si el propietario no es residente, carta de nombramiento del Agente Residente (cuando proceda)
  • Declaración de propiedad (debe estar notariada y sellada por el Notario) RS02
  • Certificado de constitución, escritura de constitución, estatutos y datos de los administradores (para sociedades anónimas)
  • Certificado de registro mercantil (para empresas registradas localmente)
  • Prueba de autorización de la persona para firmar en nombre del propietario (si procede)
  • Copia de la factura de venta
  • Copia del certificado del constructor
  • Copia de Póliza de Seguro válida (y que no caduque en los tres meses siguientes)
  • Certificado de Supresión del Estado de Abanderamiento anterior (no aplicable a los buques de nueva construcción)
  • Copia del Certificado Internacional de Arqueo (si el buque mide más de 24 m y solicita el registro internacional)
  • Copia de todos los certificados reglamentarios y de clase (si procede)
  • Formulario completo para el indicativo de llamada/número MMSI
  • Cumplimentar el formulario de registro de EPIRB de 406 MHz (si hay alguna a bordo)
  • Acuerdos de hipoteca(s) (si los hay)
  • Buque a ser inspeccionado para su certificado de navegabilidad por un inspector aprobado por SMSA* o una Organización Reconocida** aprobada
  • Copia del Certificado de dotación mínima de seguridad ***
  • Una foto A4 del buque (en color)
  • Copia del permiso de importación (si procede)
  • Para los buques pesqueros, aprobación por escrito de la SFA
  • Completar el formulario de solicitud por radio y llevarlo a la Autoridad expedidora de licencias de las Seychelles (SLA). Nota: Los buques deben completar el proceso de registro antes de que la SLA pueda expedir la licencia de radio.
  • Certificados de dos operadores cualificados del SMSSM (sólo para buques pesqueros y cualquier buque de 300GT o más).
  • Para los buques SOLAS, copia del último registro sinóptico continuo expedido por la administración marítima anterior;

*Podemos ayudarle con los datos de contacto de la persona adecuada en el Registro.

** -Bureau veritas (BV), Det Norske Veritas (DNV),
-American Bureau of Shipping (ABS), Nippon Kaiji Kyokai (Class NKK),
-China Classification Society (CCS), Lloyd’s Register (LR)

*** Se requiere un Certificado de Dotación Mínima de Seguridad cuando:

  1. El buque tenga más de 24 m de eslora;
  2. El buque tiene menos de 24 m de eslora pero opera o pretende operar internacionalmente;
  3. Se trata de un buque pesquero que ha solicitado un Certificado de Autorización a la SFA.

Al registrarse bajo la bandera de las Seychelles, hay que pagar una tasa anual de tonelaje. Posteriormente, deberá efectuarse un pago anual antes del 31 de enero de cada año natural.


Si necesita más información o asistencia, póngase en contacto con nosotros en quijano@quijano.com