
Ley No. 122 de 31 de diciembre de 2019, modifica la Ley 80 de 2012, que dicta normas de incentivos para el fomento de la actividad turística
julio 8, 2021
Nuestro Socio, Jaime Sánchez, rankeado en la Guía «High Net Worth» 2021 de Chambers & Partners
julio 23, 2021Mediante el Decreto Ejecutivo No 226 de 20 de julio de 2021, se modifica el Programa Migratorio Países Amigos y se incluye a la República de Perú en el listado de naciones que mantienen relaciones amistosas, profesionales, económicas y de inversión con la República de Panamá.
El Decreto indica que el Servicio Nacional de Migración podrá conceder un permiso de Residencia Provisional por un periodo de dos años a los nacionales provenientes de aquellas naciones en el listado de Países Amigos, que soliciten la subcategoría de Residente Permanente; quienes deberán aportar la documentación que demuestre la finalidad de requerir la residencia, ya sea por:
Razones laborales: Carta de trabajo en papel membrete, firmada por el representante legal del empleador, certificado de Registro Público y Aviso de Operación de la empresa empleadora.
Razones de Inversión en un Bien Inmueble: Certificado de Registro Público que demuestre la propiedad de un bien inmueble que tenga un valor mínimo de US 200,000.
Razones de Depósito a Plazo Fijo: Certificación de un banco de licencia general que opere en territorio panameño, en el que conste la existencia del depósito a plazo fijo por un valor no menor a US 200,000.
Ya sea por la inversión en un bien inmueble como el depósito a plazo fijo pueden realizarse a título personal del solicitante, de una persona jurídica en la que el solicitante sea la persona natural beneficiaria final de las acciones, aportaciones o cuotas; o el fundador o beneficiario final de una fundación de interés privado.
Para acceder al Decreto Ejecutivo 226, por favor haga click aquí: https://www.gacetaoficial.gob.pa/pdfTemp/29335/86324.pdf






