Reglas sobre el uso de medios electrónicos para los trámites gubernamentales
Ante el escenario que afronta el país se hace necesario reforzar el sistema que incentiva el uso de medios electrónicos en tramites gubernamentales, en tal sentido el Gobierno Nacional ha promulgado la Ley No. 144 el 15 de abril de 2020, que modifica y adiciona artículos a la Ley No. 83 de 2012.
Esta normativa de obligatorio cumplimiento será aplicada de manera gradual y progresiva de acuerdo con el cronograma de la Autoridad Nacional para la Innovación Gubernamental (AIG) para ello la AIG colaborará con las diferentes entidades públicas, para establecer de forma progresiva un sistema de gestión documental estandarizado para el sector público.
Hace un énfasis especial a las notarías públicas para que implemente esta normativa y se establezca un plan de modernización al entorno digital.
Se establece como la sede administrativa electrónica el portal oficial “PanamaDigital” www.panamadigital.gob.pa, la cual será administrada por la Autoridad Nacional para la Innovación Gubernamental en coordinación con las demás autoridades.
Los tramites en línea tendrá la misma validez y reconocimiento legal que los realizados en forma presencial y los usuarios podrán a través del portal único del ciudadano, realizar trámites en línea, además de su consulta y seguimiento, inclusive se contempla el pago electrónico, para ello las entidades públicas deberán habilitar diferentes canales o medios para la prestación del servicio.
Es Importante mencionar que según la Ley No. 144 de 2020, una vez habilitados los medios electrónicos o digitales para la realización de trámites gubernamentales en línea, no surtirá efecto ninguna disposición legal o reglamento, que exija que el trámite sea realizado presencialmente o a través de documentos impresos.
Se toma en consideración las reglas de protección de datos personales y limita el acceso de los servidores públicos a la información sensible de los usuarios. Y cualquiera violación a este precepto se tomará como violación a la privacidad sujeto a medida administrativas, penales y civiles.
Se adicional a la estructura organizativa de la AIG la Dirección Nacional de Proyectos de Innovación Gubernamental y la
Dirección de Innovación y Transformación Tecnológica, que serán entidades facilitadoras en el proyecto de modernización
digital gubernamental y serán responsables de la formulación e implementación de los proyectos de innovación.
A través de esta ley se faculta a la AIG para imponer multas hasta de un 30% de su salario bruto mensual al servidor público responsable de haber cometido infracciones o faltas relacionadas con esta Ley.
Va a ser un reto para las entidades, adecuar sus leyes, decreto y reglamentos para la aplicación de servicios contemplados en esta ley, pero traerá una transformación en el servicio público positivo.