Se aprueba en Panamá Ley de Salud Mental
Panamá, a través de la Ley No. 364 de 6 de febrero de 2023 se une a otros países de la región como Colombia, Argentina, Uruguay Perú, que cuentan con una legislación sobre salud mental.
La salud mental, en la actualidad ha cobrado relevancia en virtud de la declaratoria de pandemia a nivel mundial a efecto del Covid-19, no obstante, este tema ha sido y deberá seguir siendo tratado en todo momento como un asunto de salud pública, por lo que, Panamá busca con esta normativa, es asegurar el derecho a la salud mental de la población panameña.
Si bien es cierto, Panamá, cuenta con múltiples disposiciones y regulaciones sanitarias que guardan relación con la salud mental, sin embargo, el objetivo principal de esta disposición es el desarrollar el derecho humano a la salud mental y garantizar su cobertura y atención a nivel nacional mediante la promoción, prevención y tratamiento, lo que ha quedado plasmado en su primer artículo.
Siendo, así las cosas, el Estado panameño, reconoce la salud mental como un derecho humano para toda persona, sin discriminación, por lo que reconoce en el artículo quinto una lista de quince (15) derechos que le son aplicable a todas las personas con padecimientos de salud mental, pero en ese mismo artículo se indica que el listado no será considerado como mínimos ni excluyentes de otros derechos humanos que incidan sobre los derechos fundamentales y la dignidad de las personas con padecimiento mentales.
Entre las obligaciones dimanantes de esta legislación, es que el Estado debe velar por el acceso y cobertura universal de los servicios de salud mental, con una connotación de gratuidad para los servicios de atención pública, sin menoscabo a las personas que cuenten con los recursos económicos o cobertura de seguros privados que puedan acceder a los centro de salud privado de su preferencia.
De mismo modo, el Estado queda comprometido a (i) incluir y ejecutar la atención integral de la salud mental en las redes integradas de los servicios públicos, (ii) a implementar un sistema de información de servicios comunitarios, (iii) Promover el desarrollo de programas de rehabilitación psicosocial, tanto a nivel público como privado, (iv) establecer campañas de prevención y tratamiento de la salud mental y la erradicación de estigma asociados a las personas con padecimientos mentales, y (v) establecer servicios de ambulancia para pacientes con crisis aguda.
Es importante señalar, que esta normativa tiene “dos grandes restricciones”, que son que las compañías de seguros no puedan discriminar a las personas con padecimientos de salud mental en la contratación de una póliza de seguro de vida o salud y que queda prohibido la apertura y el funcionamiento de manicomios públicos o privados.
La atención de la salud mental es de vital importancia y ha quedado evidenciado con todo los sucesos estrechamente vinculados a la declaratoria de emergencia producto del Covid-19, que le dio una relevancia al tema, pero la educación y la prevención son aún más importante, es por ello que vemos con gran agrado, que instituciones educativas públicas y privadas de todos los niveles académicos, así como organizaciones gubernamentales y las entidades públicas planifiquen y lleven a cabo programas que promuevan el bienestar mental, la prevención del deterioro metal y la sensibilización sobre las personas con problemas de salud mental y todo ello se hará con el respaldo presupuestario necesario para garantizar tanto el servicio para la atención de la salud mental y el cumplimiento de esta Ley.
Queda mucho por legislar en torno a esta materia, siendo esta ley un gran paso, pero al Órgano Ejecutivo le queda la tarea de reglamentar esta Ley en un periodo no mayor de seis (6) a partir de su promulgación, que fue el pasado 6 de febrero de 2023.